En de una transacción de compra venta de un inmueble existen varios costos asociados. Algunos de ellos corresponden a la parte vendedora y otros a la parte compradora. En este breve artículo les presentaremos todos ellos. Es importante sean tenidos en cuenta de forma de saber el desembolso total de dinero al comprar, o cuánto dinero recibiré en la mano al vender. Aplica para Montevideo, Punta del Este y todo el Uruguay.
¿Cuáles son entonces los costos asociados a la compra-venta de un inmueble en Uruguay?
PARA EL VENDEDOR
1. ITP (Impuesto a la transmisiones patrimoniales) Este impuesto se paga en modalidad compartida entre vendedor y comprador. Cada parte paga un 2% sobre el valor de catastro de la propiedad, que no tiene que ver con el valor de venta de la misma. En general es mucho menor. El valor de catastro surge de la cédula catastral de una propiedad y se puede emitir por internet conociendo el número de padrón aquí.
2. IRPF (Impuesto a la renta) Es el impuesto sobre la ganancia de la venta. Es retenido por el escribano que realiza la transacción.
Si el bien que se vende, fue adquirido antes del 01/07/2007 se puede optar por el criterio ficto para el cálculo y este será el 1.8% del valor de venta actual. Si la propiedad que se vende fue adquirido posterior al 01/07/2007 se deberá calcular en base al criterio real, o sea que se debe de pagar 12% sobre la diferencia entre el valor de venta actual y el valor al que se adquirió el bien. En este último cálculo entran en juego: valor del tipo de cambio al momento de adquirir el bien, valor del tipo de cambio al vender el bien, valor de la UI en ambos momentos (para actualizar el valor de compra inicial) entre otras. Las mejoras (comprobables) que se le hayan hecho al bien, por ejemplo una reforma, podrán ser sumadas al valor de compra presentando la debida documentación.
Reintegro de IRPF: Cuando quien vende luego compra una propiedad, se puede solicitar reintegro del IRPF siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones:
a. que entre la venta y la compra no pase más de 1 año.
b. Que por lo menos el 50% de lo ingresado por la venta se destine a la compra del nuevo bien.
c. la venta del bien inicial no debe superar los U$S 150.000 aprox, y el bien adquirido no debe de superar los U$S 225.000* (el precio de compraventa puede ser mayor si hay más de un solicitante, estos valores serán para cada solicitante)
d. debe ser vivienda permanente en ambos casos (de quien vende y quien compra)
3. Comisión de la inmobiliaria: si interviene inmobiliaria se debe de abonar el 3% + IVA del valor de venta del inmueble.
PARA EL COMPRADOR
1. ITP (Impuesto a la transmisiones patrimoniales) Este impuesto se paga en modalidad compartida entre vendedor y comprador. Cada parte paga un 2% sobre el valor de catastro de la propiedad, que no tiene que ver con el valor de venta de la misma. En general es mucho menor. El valor de catastro surge de la cédula catastral de una propiedad y se puede emitir por internet conociendo el número de padrón aquí.
2. Escribano, títulos, certificados: Este valor depende de cada profesional, existen aforos para determinada documentación y trámites, pero el profesional tiene potestad para cobrar por debajo de ello. En general es un porcentaje sobre el valor del inmueble, y lo que varía es dicho porcentaje por lo que a mayor valor del inmueble, mayor será el monto correspondiente a este concepto.
Conviene antes de realizar una transacción, solicitar cotización a tu escribano de confianza.
3. En caso de ser compra con Banco, algunos de los gastos son los siguientes:
Tasación: aprox. USD 300/USD 400
Hipoteca: depende del valor de la propiedad
Control de títulos por parte del banco (además de abonar tu escribano hay que abonarle al escribano del banco)
Otros gastos dependiendo de cada banco
Estos gastos pueden ser incluidos o no en la cuota que cobrará el banco, depende del banco y de tu preferencia.
4. Comisión de la inmobiliaria: si interviene inmobiliaria se debe de abonar el 3% + IVA del valor de venta del inmueble.
Recuerda que estos gastos son los más comunes, puede haber otro tipo de gastos dependiendo de cada situación. (deudas, certificados, regularizaciones, trámites pendientes, BPS atrasado, etc)
En Once Once te asesoramos en todo lo necesario para comprar o vender tu propiedad. Te acompañamos en todo el proceso para que te des este paso de la forma más segura.
Excelente la información publicada. Gracias.
Una consulta, un extranjero que compra una casa en Uruguay, ¿Debe pagar IVA a la inmobiliaria y escribano?
Buenos días María Inés, gracias por tu consulta. Al hecho realizarse en Uruguay, no importa que el destinatario del bien sea extranjero, se debe de abonar el IVA correspondiente a cada actor involucrado.
Buenas tardes consulta
Tengo un inmueble a la venta adquirido antes del año 2007 cuál es el porcentaje que debo pagar por concepto de IRPF.
Gracias saludos
Buenos días Roberto, en ese caso puedes optar por el criterio ficto o el real. El que te dé menos será el que te conviene. Aquí en el artículo tienes información sobre ambos criterios. Quedamos a las órdenes!
Hola que tal?
Quisiera saber si para vender una propiedad es necesario renovar el panel electrico ya que tiene unos años pero funciona perfectamente.
Muchas gracias por la informacion.
Hola, que tal? para vender no es necesario renovar el tablero eléctrico (entiendo es a eso a lo que te refieres). El problema puede suceder si la casa no tiene luz actualmente y quien compra tiene que conectarla, es posible que si la instalación es muy vieja y/o no está en condiciones, para habilitarle la luz UTE pida se realicen ciertos cambios. Saludos!
buenas tardes, queria saber si al vender un inmueble heredado, hay que pagar irpf y cual seria el porcentaje. muchas gracias, Saludos.
Buenas tardes Nelson, el IRPF se paga siempre que se vende un inmueble, sin importar la forma en que se adquirió. Los montos son los que están en este artículo.
Cualquier duda o si decides confiar en nosotros para la venta, quedamos a las órdenes.
Hola buenos dias.Para vender una propiedad es necesario que el vendedor tenga escribano o solo el comprador debe tenerlo.Gracias saludos.
¡Bueas tardes Heber! En realidad, no es imprescindible que el vendedor designe un escribano, aunque siempre es aconsejable que al menos lo consulte para revisar los documentos antes de la firma. Algunos optan por recurrir a su propio escribano de confianza para obtener asesoramiento, mientras que otros prefieren firmar directamente sin la intervención de un profesional. Es importante destacar que el comprador sí debe designar un escribano, ya que será responsable de gestionar la documentación pertinente. ¡Espero que esta información te sea útil! ¡Saludos!
¿Existe alguna posibilidad de estar exento de pagar IRPF en la venta de una propiedad?
Buenos días Natalia! como estás? El IRPF dependerá del valor actualizado del precio de compra de la propiedad, y del valor de venta, si hubo mejoras en la propiedad o no. Es decir, no quiere decir que siempre que se vende una propiedad haya que pagar IRPF, se abona únicamente si efectivamente hubo una ganancia entre la compra y la venta. Ese cálculo te lo puede hacer la escribana o escribano al momento de vender, nosotros también lo podemos hacer como parte de nuestro servicio de venta de la propiedad. Saludos y espero haberte ayudado!
Quisiera saber quien debe pagar al arquitecto por la caracterización urbana en la compra venta de un apartamento.
Hola Elena, gracias por tu consulta. Es el vendedor quien debe de pagar al arquitecto para que realice la caracterización urbana, ya que es algo que se exige para poder vender el inmueble desde el 01.01.2022. Si hubiera que regularizar obras, BPS, DGI, etc. También corresponde al vendedor, es decir, el inmueble tiene que estar en regla para poder ser vendido y eso es responsabilidad de quien vende.
Saludos!
Hola. Quería saber si las políticas públicas de vivienda que brindan los distintos departamentos de Uruguay varían en materia de subsidios o apoyo en acceso a terrenos, y si los reglamentos departamentales difieren o se complementan con los reglamentos estatales en materia de políticas públicas de vivienda. Gracias.
Buenos días Virginia, espero te encuentres bien. Estos temas escapan de los que tenemos expertise por lo que entiendo deberías de consultarlo directamente con los organismos competentes. Saludos!
Hola consulta si yo compro un inmueble a 18mil dólares cuanto seria que me sale todo el trámite con la escrivana
Buenos días Soledad, gracias por tu consulta! En este caso deberías de consultarlo directamente con tu escribano/a de confianza. Quedamos a las órdenes.
Hola, te consulto si la compra venta se puede realizar en efectivo? siendo el inmueble de valor menor a U$S 50.000. gracias
Hola Lissete, gracias por tu consulta. Puede ser realizada en efectivo si la transacción según la ley de inclusión financiera.
Hola Pablo muy buena tu información excelente pero me queda una duda en el caso de que la casa haya sido construida por el propietario y no adquirida, y que no todas las personas tienen documentación con los costos cual es el criterio gracias
Buenos días Enrique, gracias por tu consulta. Te cuento que en ese caso se debe de estudiar un poco más a fondo. Cuando uno compra una propiedad y le realiza mejoras se puede hacer una declaración jurada por escribano que indique el valor de las mejoras que se suman al valor de adquisición de inmueble (como costo de compra). El tema allí es el BPS que lo podrías tramitar como autoconstrucción si lo hiciste tu mismo. Presentando documentación de que eres idóneo para dicha construcción. No se si viene por allí la consulta.
Si estás interesado en vender una propiedad que construiste contáctanos para analizar el caso y ver si podemos ayudarte con la venta y trámites necesarios.
Buenos días.
Si vendo una propiedad en Pinamar, Canelones. Además de los impuestos mencionados, ITP e IRPF? Qué otros impuestos hay sobre la venta?
Gracias. Espero comentarios
Buenos días Vicky,
Agradecemos tus comentarios y estamos encantados de que hayas encontrado útil la información proporcionada en nuestro artículo. En relación con tu consulta sobre impuestos y costos adicionales al vender una propiedad en Pinamar, Canelones, queremos confirmarte que los impuestos y costos mencionados en el artículo son los principales a considerar en este proceso.
No anticipamos costos adicionales específicos relacionados con la ubicación en Pinamar. Sin embargo, como siempre recomendamos, es fundamental que, ante cualquier duda o situación particular, consultes con tu profesional de confianza. Cada transacción inmobiliaria puede tener matices específicos y contar con el asesoramiento adecuado garantiza una experiencia más segura y transparente.
Si tienes más preguntas o necesitas información adicional, no dudes en hacérnoslo saber. Estamos aquí para ayudarte en todo lo que necesites.
Saludos, Pablo
Buenas,
Si compro un proyecto (en pozo) y no tengo un agente/inmobiliaria, debo pagar el 3% de gastó inmobiliario? El gasto de inmobiliaria de la transacción es 6% donde 3% paga el vendedor y 3% paga el comprador? O cómo funciona? Muchas gracias de antemano por la aclaración.
¡Buenos días Maru!
Cuando decides adquirir un proyecto en pozo, los gastos asociados pueden variar según quién te lo comercialice. En términos generales, si compras directamente al desarrollador, es probable que no incurras en una comisión inmobiliaria. Sin embargo, es importante tener en cuenta los “gastos de conexión” u otros cargos similares, que suelen oscilar entre un 2% y un 4% del total de la compra. Aunque no sea una comisión directa, estos gastos pueden equipararse en términos de costos.
En el caso de que intervenga una inmobiliaria o agente inmobiliario, la comisión aplicable suele ser del 3% más IVA. Es relevante destacar que muchas inmobiliarias que se dedican a la comercialización de proyectos nuevos no suelen cargar esta comisión al comprador, ya que suelen tener acuerdos establecidos con los desarrolladores.
Esperamos que esta información haya sido de utilidad para aclarar tus dudas. Si tienes más preguntas o necesitas información adicional, ¡estamos aquí para ayudarte en todo el proceso!
Saludos, Pablo
Soy nacida en Uruguay, tengo nacionalidad italiana además y resido permanentemente en España desde hace más de 20 años. Acabo de heredar una propiedad en Uruguay (sucesión concluida). ¿Que impuesto he de pagar si la vendo?
Buenos días María!
Agradecemos tu consulta. En el contexto de una venta inmobiliaria en Uruguay, los costos asociados son independientes de tu nacionalidad y de cómo hayas adquirido la propiedad. Estos gastos suelen estar alineados con los detalles que hemos detallado en nuestro artículo.
Si tienes más preguntas o necesitas información específica sobre algún aspecto de la venta, ¡no dudes en hacérnoslo saber! Estamos aquí para proporcionarte toda la asesoría que necesitas en este proceso.
Saludos, Pablo
Buenas tardes, es distinto el impuesto si se vende una propiedad con la sucesión hecha o si se venden los derechos sucesorios ?
Buenas tardes
Aparte de los 2 impuestos IRPF e ITP, puede que haya otro tributo por no mejoras o algo así que se deba pagar por el vendedor??
Si lo hubiese qué ley lo determina??
Gracias
Q
Buenos días Gunther, gracias por tu consulta.
Habría que analizar el caso puntual pero en general no hay que abonar ningún otro impuesto.
Saludos y quedamos a las órdenes!
Si como vendedor del inmueble le pido a una escribana de mi parte que intervenga para cuidar mis intereses y hablar con la escribana del vendedor, los honorarios del escribano en la venta serían también 3% o serían menores?
¡Hola Álvaro!
Gracias por ponerte en contacto. El cobro dependerá del acuerdo que tengas con tu escribano/a. En general, hemos observado que el escribano no suele cobrar por revisar únicamente el boleto de reserva del vendedor. Sin embargo, esto puede variar según la relación y las transacciones previas que hayas realizado con el profesional. Si lo contactas exclusivamente por este motivo, sería lógico que algo te cobre, pero nunca sería el 3%. Estamos disponibles para cualquier consulta adicional.
¡Saludos!
Pablo
Los honorarios de los escribanos cubren también sus aportes? O eso se paga a parte?
¡Buenos días! Espero que estés bien. No queda muy claro a qué te refieres con “sus aportes”. ¿Te refieres a los aportes de los escribanos? Ellos suelen proporcionarte un presupuesto que incluye todos los costos necesarios para la compra de una propiedad. Dentro de ese presupuesto se desglosan varios conceptos, como honorarios, timbres, gestoría, entre otros.
Si necesitas más información o tienes alguna otra consulta, estamos a tu disposición. ¡Saludos!
Buen día mi consulta: cuanto aprox cuesta el tramite de una compra venta de un titular a otro titular? Y usufructo?grax
Buen día, Mónica.
El costo del trámite de una compraventa de un titular a otro y el de un usufructo dependerá de cada operación en particular. Los conceptos a considerar son los que están detallados en el artículo correspondiente. Es imposible calcularlo sin tener toda la información necesaria. Generalmente, estos cálculos los realiza la inmobiliaria y el escribano del comprador.
Saludos,
Pablo
Hola Pablo, muy claro con tus respuestas.
Tengo dos dudas.
1-Si un hermano le vende al otro por la otra mitad de una casa heredada, se paga IRPF por la mitad que se vende o por el total?
2-Si vendo una casa y me pagan con un terreno y una diferencia en efectivo, que monto se usa para calcular el IRPF, ya que no hay un precio de venta?
Muchas gracias.!!
Buenas tardes Ricardo, recién logramos llegar a esta consulta específica.
Paso a responder:
1. Entiendo que se debería de abonar el IRPF si correspondiera, como en cualquier compraventa. Dependiendo del valor que pongan en los papeles de compraventa puede corresponder pagar o no IRPF.
2. En si en la compraventa figura un valor del bien que se vende, y la forma de pago es parte con terreno y parte con efectivo. Dependiendo de los montos de venta y compra/permuta se puede deducir algo del IRPF o no.
Ambos casos al ser particulares, recomendamos consultar con tu escribano de conifanza, para tener 100% de seguridad.
Saludos,
Pablo
Buenos dias, desearía saber en el caso de una venta con entrega 50% y saldo a 3 años, puede hacerse una promesa de compraventa, que valor legal tiene y de ser así, a quién corresponde el pago, gracias
Buenos días María, un gusto y feliz día! Te cuento que en ese caso lo que sea hace en general (deberías de confirmarlo con tu escribano) es firmar el compromiso pero dejar pendiente la carta de pago, para cuando se finalicen las cuotas o se cancele el saldo, otorgar dicha carta. Con el compromiso y la carta de pago del saldo, ya queda terminado el “papeleo”. Cuando se hace una compraventa sin saldo, la misma compraventa que firmás en primera instancia ya oficia de carta de pago, porque no queda saldo pendiente. En general quien compra es quién se hace cargo de los costos de profesionales y demás.
Igualmente recomendamos que te asesores con tu escribano de confianza.
Saludos!
Pablo
Hola, recién descubrí está página, es muy útil, explican con claridad.
El pago de irpf solo le corresponde al vendedor? Gracias.
Hola Amalia, buenas tardes. Muchas gracias por tus comentarios.
Respecto al impuesto IRPF, es importante aclarar que, de aplicarse, este recae únicamente sobre los vendedores, ya que grava la ganancia real obtenida por la venta del inmueble.
Quedamos a tu disposición para cualquier otra consulta que puedas tener y para asistirte en la venta de tu propiedad.
Saludos! Pablo
Hola, quisiera saber en una propiedad que compro en 80 mil dólares por banco.
Cuál es el costo aproximado que cobrará mi escribano y el 3 % más iva de la inmobiliaria, cómo se calcula?
Cuáles serían los costos extras además de lo que tengo q entregarle al banco??
Buenos días. Gracias por tu consulta.
En relación a lo que te cobra el escribano, tendrías que consultarle a él para que te pase un presupuesto detallado, tanto de honorarios como de costos (timbres, montepíos, impuestos) que también están asociados a la compra.
En relación al 3% mas iva de la inmobiliaria, se calcula sobre el precio de compra.
El resto de los costos que tienes los puedes ver aquí en el artículo, uno de ellos por ejemplo es el ITP. Que es el 2% sobre el valor de catastro, no es el valor de compra, es el que aparece en la cédula catastral.
Saludos!
Buenas tardes, como estas? te consulto, si tengo un apartamento que refaccionamos su interior en eléctrica, sanitaria y revestimientos sin declarar obra, y lo quiero vender. Lo puedo vender o necesito regularizar algo?
Hola Felipe, un gusto estar en contacto contigo.
Si realizaste reformas en tu propiedad en los últimos 10 años, es probable que necesites realizar los aportes correspondientes al BPS al momento de vender. Esto se debe a que, durante la caracterización urbana (un trámite obligatorio por ley para poder concretar la venta), el arquitecto indicará si ha habido trabajos recientes. Si las reformas tienen menos de 10 años, se te solicitará un certificado de BPS.
Tanto el banco como el escribano del comprador, si la venta es al contado, requerirán este certificado.
Te recomiendo que consultes con un gestor que pueda ayudarte a determinar los jornales a declarar, en función de las reformas que hayas realizado, y a calcular cuánto podrían ser los aportes.
¿Dónde está ubicado el apartamento? Si se encuentra dentro de las zonas que trabajamos, con gusto podríamos acompañarte en todo el proceso de venta.
¡Saludos!
Buenas!!!!
Te consulto lo siguiente; heredamos un bien con hipoteca del banco hipotecario. El itp debemos pagarlo igual?
Muchas gracias!!!!!
Buenos días Rosa, gracias por contactarnos.
Si el ITP lo debes de pagar igual, antes del año de fallecimiento, de lo contrario sería con multas y recargos.
Saludos y quedamos a las órdenes en caso que desees vender la propiedad.
Hola quisiera saber si al vender una propiedad el escribano le cobra por la venta al vendedor.o solo al comprador .. Gracias
¡Buenos días, Alexis! Muchas gracias por comunicarte con nosotros. Te comento que el Escribano es responsabilidad del comprador, por lo que no es necesario que el vendedor contrate uno. Si estás pensando en vender una propiedad, estamos a tu disposición para brindarte nuestros servicios. ¡Quedamos atentos a tu consulta! Saludos cordiales.